Anotaciones preventivas en el Registro de la Propiedad


Las anotaciones preventivas son un instrumento de seguridad jurídica: avisan de que sobre un inmueble existe un procedimiento o situación pendiente de resolución y aseguran que, cuando se resuelva, tendrá efectos frente a terceros.


Características principales

  • Carácter provisional: no otorgan un derecho real pleno, sino una preferencia o reserva mientras se resuelve el asunto.

  • Plazo de vigencia: en general 4 años desde la fecha de la anotación, prorrogables por otros 4 (según el caso).

  • Cancelación: por caducidad, por resolución judicial/administrativa, o por acuerdo de las partes (si procede).


Tipos más habituales de anotaciones preventivas

  1. De embargo

    • Se inscriben para asegurar la ejecución forzosa de una deuda.

    • Permite que el acreedor tenga preferencia en el cobro tras la subasta.

  2. De demanda

    • Cuando alguien presenta una demanda que afecta a la propiedad o a un derecho real sobre un inmueble (ej. nulidad de una compraventa).

    • Garantiza que la eventual sentencia pueda hacerse valer frente a terceros.

  3. De prohibición de disponer

    • Ordenada por un juez o autoridad administrativa (p. ej., en procesos de divorcio o tutela).

    • Impide al titular vender o hipotecar la finca mientras dure la prohibición.

  4. De concurso o quiebra

    • Se inscriben en caso de concurso de acreedores.

    • Protegen a los acreedores frente a actos de disposición del deudor concursado.

  5. De incapacidad o tutela

    • Para proteger los bienes de personas incapacitadas judicialmente.

  6. De créditos refaccionarios

    • Para asegurar el pago de quien financia obras o reparaciones en el inmueble.

  7. De legados, herencias o derechos hereditarios

    • Para asegurar la participación de herederos o legatarios antes de la partición.


Efectos

  • Publicidad frente a terceros: cualquiera que pida una nota simple verá la anotación.

  • Preferencia de rango: si se convierte en inscripción definitiva, surte efectos desde la fecha de la anotación.

  • Limitación de la libertad de disposición: el propietario puede seguir vendiendo, pero la finca quedará sujeta a la anotación.


Coste de la inscripción en el Registro de la Propiedad

El coste de la inscripción en el Registro de la Propiedad es de 617,10€ (todo incluido: tasas registrales, gastos gestoría…).


Solicitud de inscripción en el Registro

En Prodesla nos encargamos de todo para que no tenga que preocuparse por nada.

Presentamos toda la documentación en el Registro correspondiente, pagamos las tasas, hacemos el seguimiento, resolvemos las incidencias, y le comunicamos cuando esté realizada la inscripción.

Proceso:

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro de la Propiedad.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro de la Propiedad de forma rápida y segura rellene el siguiente formulario:


Datos del inmueble sobre el que solicita la inscripción

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.

    Datos del solicitante de la inscripción

    Pago seguro

    Pago seguro(Obligatorio)