Inscripción de actos y documentos relacionados con administradores y cargos en el Registro Mercantil


La inscripción de actos y documentos relacionados con administradores y cargos en el Registro Mercantil es clave porque solo con la inscripción los nombramientos, ceses, poderes y demás decisiones sobre cargos sociales tienen eficacia frente a terceros.


Actos inscribibles sobre administradores y cargos

En el Registro Mercantil deben inscribirse, entre otros:

  • Nombramiento de administradores (consejo, administrador único, solidarios, mancomunados).

  • Cese o dimisión de administradores.

  • Reelección de administradores.

  • Cambio en la estructura del órgano de administración (pasar de administrador único a consejo, por ejemplo).

  • Nombramiento y cese de auditores de cuentas.

  • Nombramiento y cese de liquidadores en fase de liquidación.

  • Poderes generales otorgados o revocados por los administradores.


Procedimiento

  1. Adopción del acuerdo

    • Lo acuerda la junta general (nombramientos, ceses, reelecciones).

    • En caso de dimisión, basta la notificación a la sociedad y su constancia en escritura.

  2. Elevación a escritura pública

    • Se otorga escritura notarial que contenga:

      • Certificación del acuerdo emitida por el órgano competente (normalmente el secretario del consejo o administrador saliente, con el visto bueno del presidente).

      • Aceptación del cargo por parte del nuevo administrador (puede hacerse en la misma escritura o en documento aparte con firma legitimada).

      • Declaración de no estar incurso en incompatibilidades (art. 213 LSC).

  3. Inscripción en el Registro Mercantil

    • Escritura presentada en el Registro Mercantil provincial del domicilio social.

    • El registrador comprueba legalidad, vigencia de los cargos anteriores y cumplimiento de requisitos.


Plazos y efectos

  • Plazo de presentación: 10 días desde el otorgamiento de la escritura (art. 215 del Reglamento del Registro Mercantil).

  • Efectos: el nombramiento/cese produce efectos frente a terceros desde la inscripción (art. 21 CCom).

  • Antes de la inscripción, el cargo existe internamente, pero no es oponible a terceros de buena fe.


Publicidad

  • El Registro publica la inscripción en el BORME.

  • Así se da publicidad oficial al nombramiento, cese o poder.


Trámites complementarios

  • Comunicación del nombramiento/cese a Hacienda (modelo 036, identificación de representantes).

  • Actualización en bancos, proveedores, clientes y organismos oficiales.


Coste de la inscripción en el Registro Mercantil

El coste de la inscripción en el Registro Mercantil es de 550€ + IVA (todo incluido: tasas registrales, gestoría…).


Solicitud de inscripción en el Registro

En Prodesla nos encargamos de todo para que no tenga que preocuparse por nada.

Presentamos toda la documentación en el Registro correspondiente, pagamos las tasas, hacemos el seguimiento, resolvemos las incidencias, y le comunicamos cuando esté realizada la inscripción.

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Mercantil.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro Mercantil rellene el siguiente formulario:


Datos de la empresa sobre la que solicita la inscripción

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.

    Datos del solicitante de la inscripción

    Pago seguro

    Pago seguro(Obligatorio)