Inscripción de cambio de domicilio social de la empresa en el Registro Mercantil


El cambio de domicilio social de una empresa en España es una modificación estatutaria que implica actualizar la dirección oficial donde la sociedad tiene su sede y desde donde gestiona su administración.

Este cambio debe reflejarse tanto en los estatutos sociales como en el Registro Mercantil correspondiente, para que tenga plena validez jurídica frente a terceros.

A continuación se detalla el procedimiento paso a paso:


Aprobación del cambio de domicilio social

El cambio debe ser acordado por el órgano competente según el tipo de sociedad:

  • Sociedad Anónima (S.A.): El cambio de domicilio social debe aprobarse por la Junta General de Accionistas, salvo que el domicilio se traslade dentro del mismo término municipal, en cuyo caso puede hacerlo el Consejo de Administración (si así lo permiten los estatutos).

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.): Desde la reforma de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010), el órgano de administración puede acordar el cambio de domicilio dentro del territorio nacional, salvo disposición contraria en los estatutos.

El acuerdo debe constar en el acta correspondiente y recogerse en una escritura pública notarial.


Escritura pública ante notario

Una vez adoptado el acuerdo, se acude al notario para otorgar la escritura de cambio de domicilio social.
La escritura debe incluir:

  • La identificación de la sociedad (denominación, NIF, datos registrales).

  • La certificación del acuerdo adoptado por el órgano competente.

  • La redacción actualizada del artículo de los estatutos donde conste el nuevo domicilio social.

  • La manifestación expresa de que el traslado ha sido aprobado conforme a la Ley y los estatutos.


Inscripción en el Registro Mercantil

La escritura notarial debe inscribirse en el Registro Mercantil del nuevo domicilio social. El procedimiento incluye:

  • Presentación de la escritura en el Registro Mercantil correspondiente al nuevo domicilio.

  • El Registro comunicará de oficio la modificación al Registro Mercantil del domicilio anterior para proceder a la baja en aquel.

  • Una vez inscrita la modificación, el nuevo domicilio social quedará oficialmente registrado.

La inscripción debe realizarse dentro del plazo de un mes desde el otorgamiento de la escritura, conforme al artículo 32 del Reglamento del Registro Mercantil.


Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME)

Tras la inscripción, el Registro Mercantil publica un anuncio en el BORME notificando el cambio de domicilio social, lo que da publicidad legal frente a terceros.


Comunicación a la Agencia Tributaria y otros organismos

El cambio debe notificarse también a:

  • Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) mediante el modelo 036, para actualizar el domicilio fiscal.

  • Seguridad Social, si la empresa tiene trabajadores.

  • Bancos, clientes, proveedores, administraciones y organismos públicos, para mantener la coherencia en la correspondencia y notificaciones.


Efectos legales y prácticos del cambio

El nuevo domicilio social será el lugar donde:

  • Se ubica la administración central y dirección efectiva de la empresa.

  • Se recibirán las notificaciones oficiales.

  • Se determinará la competencia territorial de los juzgados y del Registro Mercantil.

Es importante diferenciar el domicilio social del domicilio fiscal, que puede coincidir o no, y tiene efectos principalmente tributarios.

En resumen, el cambio de domicilio social en España requiere un acuerdo formal del órgano de administración o junta, la elevación a escritura pública, la inscripción en el Registro Mercantil del nuevo domicilio y la comunicación a los organismos pertinentes. Cumplir con estos pasos garantiza que la modificación tenga plena validez jurídica y administrativa.


Coste de la inscripción en el Registro Mercantil

El coste de la inscripción en el Registro Mercantil es de 550€ + IVA (todo incluido: tasas registrales, gestoría…).


Solicitud de inscripción en el Registro

En Prodesla nos encargamos de todo para que no tenga que preocuparse por nada.

Presentamos toda la documentación en el Registro correspondiente, pagamos las tasas, hacemos el seguimiento, resolvemos las incidencias, y le comunicamos cuando esté realizada la inscripción.

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Mercantil.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro Mercantil rellene el siguiente formulario:


Datos de la empresa sobre la que solicita la inscripción

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.

    Datos del solicitante de la inscripción

    Pago seguro

    Pago seguro(Obligatorio)