Inscripción de la adquisición o transmisión de inmueble


La inscripción de adquisición o transmisión de un inmueble en el Registro de la Propiedad es el acto mediante el cual se hace constar oficialmente, en el Registro de la Propiedad, que una persona adquiere o transmite el derecho de propiedad (u otro derecho real) sobre un inmueble.

Claves jurídicas

  • En España, la transmisión de la propiedad de un inmueble se produce por contrato válido (compraventa, donación, herencia…) y entrega (tradición).

  • La inscripción en el Registro no es obligatoria para que exista la transmisión, pero sí es altamente recomendable, porque:

    • Da seguridad jurídica (la inscripción protege al adquirente frente a terceros).

    • Otorga la protección del principio de fe pública registral: quien adquiere confiando en lo que dice el Registro queda protegido aunque después surjan problemas ocultos.

    • Facilita operaciones futuras (venta, hipoteca, herencia).

    • Permite acceder a financiación (los bancos exigen que la vivienda esté inscrita para constituir hipoteca).

Procedimiento para inscribir una adquisición/transmisión

  1. Otorgamiento de escritura pública ante notario (compraventa, donación, aceptación de herencia, adjudicación judicial…).

  2. Liquidación de impuestos correspondientes:

    • ITP o IVA en compraventas.

    • ISD en herencias y donaciones.

    • Plusvalía municipal.

  3. Presentación de la escritura en el Registro de la Propiedad competente (donde radica el inmueble).

  4. Calificación registral: el registrador revisa que todo sea correcto (título válido, impuestos pagados, coincidencia con Catastro, etc.).

  5. Inscripción definitiva: el registrador practica el asiento de inscripción a nombre del nuevo titular.

Ejemplo sencillo

  • Si compras una vivienda, aunque seas propietario desde la firma de la escritura, no aparecerás en el Registro como dueño hasta que se inscriba.

  • Si no inscribes, puedes tener problemas si alguien embarga al vendedor después, o si quieres pedir hipoteca.